Luego de aprobarlas tal como las
recibió de la Cámara de Diputados, el pleno del Senado avaló el paquete de
reformas en materia de Aviación Civil para proteger los derechos de los
usuarios y las envió al presidente, Enrique Peña Nieto, para su promulgación.
Las nuevas disposiciones permitirán
indemnizar a los pasajeros, cuando por responsabilidad de las líneas aéreas,
sus vuelos sean demorados o cancelados.
Por ejemplo, si se presentan demoras
de más de cuatro horas o se cancela el vuelo, la aerolínea tendrá las
siguientes obligaciones:
· Reembolso equivalente al cien por
ciento del costo del boleto.
· Indemnización que nunca podrá ser
menor al 25 por ciento del precio del boleto.
· Ofrecerle, con todos los medios a su
alcance, transporte sustituto en el primer vuelo disponible y proporcionarle
como mínimo y sin cargo, acceso a llamadas telefónicas y envió de correos
electrónicos, alimentos de conformidad con el tiempo de espera que medie hasta
que suba en otro vuelo, alojamiento en hotel del aeropuerto o de la ciudad
cuando se requiera pernocta y en este último caso facilitará el transporte
terrestre de ida y vuelta al aeropuerto.
· Transporte en fecha posterior que
convenga al mismo pasajero hacia el destino donde iba a viajar en el vuelo
cancelado.
También
se prevé que, si por causas de fuerza mayor, la aeronave debe realizar un
aterrizaje en un lugar distinto al de destino, la aerolínea deberá trasladar al
pasajero por los medios de transporte más rápidos disponibles hasta el lugar de
destino original.
El
pasajero podrá solicitar la devolución de su boleto en caso de que decida no
efectuar el viaje, siempre y cuando lo comunique a la aerolínea 24 horas antes.
En
la cabina, el pasajero podrá llevar dos piezas más como equipaje de mano, el
peso de ambas no deberá exceder los 10 kilos.
Si
el pasajero decide viajar sin equipaje, la aerolínea podrá ofrecerle una tarifa
preferencial en su beneficio.
Estas
reformas obligan a brindar facilidades para el traslado de niños menores de dos
años, personas con discapacidad y adultos mayores.
El
transporte de animales domésticos en las aeronaves será efectuado, en todo
momento, con un trato humanitario, es decir, en condiciones que no le provoquen
sufrimiento, dolor y la producción de traumatismos, precisa la nueva
disposición legal.
Cuando
la aerolínea expida boletos en exceso, deberá solicitar voluntarios que
renuncien a tomar ese vuelo a cambio de beneficios.
Cuando
haya sobreventa, las personas adultas mayores, los menores no acompañados, las
mujeres embarazadas y las personas con alguna discapacidad tendrán preferencia.
El
Ejecutivo federal y la Secretaria de Comunicaciones y Transportes (SCT) tendrán
seis meses después de la publicación del decreto en el Diario Oficial de la
Federación (DOF) para elaborar las normas oficiales mexicanas necesarias.
Las
aerolíneas comerciales tendrán que adecuar sus procedimientos a las nuevas
disposiciones en un plazo no mayor de tres meses.
Con información de Claudia Flores
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